Unión Europea
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lunes, 18 de julio de 2016

Sobre el comercio exterior - Nociones previas



Hace algunos meses atrás, brindé una charla sobre Comercio Exterior. Fue realizada de manera online, a través de una videollamada. La charla fue parte de un seminario de emprendimiento dado a los jóvenes estudiantes de Cusco, Perú.

A mí, por supuesto, me dio mucha alegría participar y poder hablar en específico del comercio entre Perú y España. Revisar algunas cifras, y además conversar sobre el entorno económico en que se desenvuelve un emprendedor español dentro de su país y la Unión Europea.

Para comenzar a tratar el comercio exterior entre Perú y España, comentamos algunas nociones previas que hay que tener en cuenta para poder llegar a ese punto y a partir de ahí, desarrollar el tema.
Cuando una persona o empresa desea iniciar sus actividades en el comercio internacional, debe hacerse varias preguntas. Estas preguntas deben cumplir la finalidad de trazar el camino para cumplir sus objetivos.
  • ¿Cómo?: preguntarnos ¿Cómo empezaré? ¿Cómo hago socios? ¿Cómo consigo las primeras ventas? etc. Hace que reflexionemos sobre las herramientas o vías que tenemos más próximas para comenzar a trabajar. Es importante esta pregunta porque a partir de ella tendremos una idea de lo que será nuestra estratégia a seguir.
  • ¿Cuándo?: Esta pregunta tiene muchas vías y formas de aplicar, ya que se responde de acuerdo al ámbito en el que deseamos actuar. Por ejemplo: ¿Cuándo comenzaré a exportar? ¿Cuándo comenzaré a vender? ¿Cuándo tendré mi primer cliente? etc. Este tipo de preguntas, además de contribuir con la estrategia de ventas, nos impulsa a mantener un cronograma de trabajo: un punto de partida y un punto de llegada en el calendario. La respuesta a esta pregunta varía dependiendo de algunos factores: si estás en el sector de la moda, dependerá de la temporada o de algún lanzamiento público; pero si estás en el sector de alimentos, dependerá de las fechas de las temporadas altas y bajas, de la demanda según la zona de ventas, entre otros.
  • ¿Dónde?: Para responder esta preguntar deberemos situar en el mapa nuestras ventas y por ende, nuestro público objetivo. Las zonas pueden ser tanto regionales, nacionales, continentales, etc. Si bien es cierto que con el uso continuo del internet en nuestros días, las zonas para presentar nuestros productos o servicios pueden ser a escala mundial, aún sigues existiendo fronteras que nos limitan nuestro actuar comercial, como por ejemplo: si no sabemos el idioma del lugar, no podremos dinamizar nuestro esfuerzo; si los impuestos que esta zona establece a nuestro producto son muy altos, el margen no podrá ayudarnos a ser sostenibles; si los usos y costumbres de la zona no incluye nuestro producto, será muy complicado hacernos de un espacio. Y un largo etc.
  • ¿Cuánto?: Para explicar la respuesta a esta pregunta, voy a dividirla en dos: una respuesta interior y otra exterior. Para responder la parte interior debemos realizar comenzar por conocernos a nosotros mismos, y sobretodo, saber con cuántos recursos contamos. El dinero y otros recursos (profesionales, personales, sociales, etc.), pueden ser factores determinantes en el proceso final de una venta. Por otro lado, para la repsuesta exterior, debemos respondernos el ¿Por cuánto?. Por cuánto estaremos dispuestos a comenzar a negociar o aspirar a observar otros mercados. No es lo mismo comenzar con 100 dólares a que con un millón. La Inversión de estos recursos en su conjunto podrían aumentar o no nuestra capacidad.
No olvidemos que contar y cumplir con cada paso, no es un símbolo de éxito asegurado. Comenzar en los procesos de importación o exportación involuccra varios factores ajenos a nuestro control. Pero ello no debe ser razón para descuidar el norte de nuestro negocio.

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jueves, 15 de marzo de 2012

Derecho: ¿La intimidad como libertad?

En tanto que una colectividad es reconocida como persona por el sistema jurídico, ésta automáticamente adquiere la capacidad reconocida en un sujeto de derecho, esta capacidad es dividida por la doctrina en dos tipos, la primera es la capacidad de disfrute en el que las personas jurídicas poseen las mismas aptitudes que una persona individual para ejercer sus derechos y obligaciones; por lo tanto, adquieren los derechos relacionados con el rol que deben desempeñar para su desenvolvimiento dentro del régimen social.

Y, la segunda, capacidad de ejercicio mediante el cual se acciona o se pone en funcionamiento los derechos en el ordenamiento jurídico, y por el que la persona jurídica acciona el uso de sus derechos a través de un  “representante”, que actúa en nombre de la persona jurídica, entiéndase sin ser excluida de ésta necesariamente ya que al actuar en nombre de ella, se entiende que es la persona jurídica la que está actuando directamente.

Phonebaby Debido a las configuraciones que posee una persona natural o individual, a diferencia de la persona jurídica, en tanto colectividad, asociación, grupo de personas reunidas bajo un mismo fin, nos corresponde tratar sobre qué derechos se aplican a éste último.

En casos como el que a raíz de la revelación de un audio de conversaciones entre funcionarios de una entidad estatal y el ex primer ministro de gobierno, donde se pacta actos para favorecer cierta concesión a una determinada empresa petrolera, nos sirve de manifiesto para reconocer el rol de los hombres acorde con los avances científicos que le corresponden, siempre ligado a su lucha por la libertad, ya que, como hemos visto en el caso de los ministros, los derechos fundamentales se encuentran cada vez más expuestos a su vulneración en aras de alguna justificación: “de los pobres”, “del partido”, “de la fe religiosa”, “del país”, etc.

El motivo por el cual se persiguen estos fines son dignos de reconocimiento; sin embargo, estos derechos no pueden ser al mismo tiempo afectados o sacrificados por otros, tal como se encuentra regulado, por ejemplo, en el inciso 4 del artículo 20 de la Constitución española en el que dice:
   

Art. 20.
(…)
4) Estas libertades tienen su límite en el respeto a los derechos reconocidos en este Título, en los preceptos de las leyes que lo desarrollen y, especialmente, en el derecho al honor, a la intimidad, a la propia imagen y a la protección de la juventud y de la infancia4.
El sistema político -sobre todo en el nuestro- se tiende siempre a la dinámica de invadir la vida privada de personajes que cumplen alguna función estatal dónde capturan con el afán de manipular o controlar comportamientos5 -conocidos en el medio como actos de corrupción-.

El Derecho a la intimidad obedeció en sus comienzos a una negación, se obedeció al derecho de la no intromisión en asuntos que la persona defiende como suyos, correspondientes al ámbito del cual no tienen derechos a ingresar los terceros, sin el consentimiento de la persona; el Derecho a impedir la divulgación, cualquiera fuere el medio que se utilice. No será hasta después de la segunda guerra mundial donde el derecho a la intimidad será entendido como garantía de la libertad del ser humano, dándole una dimensión positiva, tal y como lo establece, por ejemplo, el artículo 18 de la misma Constitución española
   

Art. 18
1. Se garantiza el derecho al honor, a la intimidad personal y familiar y a la propia imagen.
2. El domicilio es inviolable. Ninguna entrada o registro podrá hacerse en él sin consentimiento del titular o resolución judicial, salvo en caso de flagrante delito.
3. Se garantiza el secreto de las comunicaciones y, en especial, de las postales, telegráficas y telefónicas, salvo resolución judicial.
4. La ley limitará el uso de la informática para garantizar el honor y la intimidad personal y familiar de los ciudadanos y el pleno ejercicio de sus derechos.

Sin embargo, este Derecho no debe de ser de carácter absoluto debido a que existen situaciones específicas en las que el derecho a la intimidad deberá ceder para dar paso a la protección del interés general, tales como la lucha contra la delincuencia, la seguridad nacional, salud pública, etc. En los que la autoridad competente para calificarlos como tales, será el juez.

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@diegoganoza

Bibliografía

AGUIAR DE LUQUE, Luis. 1988. Constitución española (1978-1988). Madrid: Centro de Estudios Constitucionales.

MORALES GODO, Juan. 2002. Derecho a la intimidad. Lima: Palestra.

COVIELLO, Nicolás. 1938. Doctrina general del derecho civil, México, D.F.: Uteha.

lunes, 5 de marzo de 2012

Derecho: El pro-bono de los abogados

Las actividades pro-bono son comprendidas como aquellas que se realizan “por el bien público”, como bien se define en la “Declaración de trabajo pro-bono para el continente americano”. Estas actividades nacen para dar solución a diversos problemas que enfrenta el sistema de justicia como entidad pública y poder de Estado.

Entre estos problemas se encuentran la deficiente capacidad del Estado por resolver las necesidades legales de la población en situación de vulnerabilidad, sea por un tema de escasez de recursos, de marginación, de indefensión por motivo de edad, etc.; el escaso conocimiento por parte de la población sobre sus derechos y la manera de hacerlos valer, lo cual genera un desentendimiento entre ambos (la población y el Estado) al momento de establecer la idoneidad del Derecho, lo que a su vez crea desconfianza por parte de la población hacia éste; debilidad de los órganos gremiales (como el Colegio de Abogados) es que estos en general, no cuentan con esta tarea de vigilancia ética. 

TheKid-CharlesChaplin En ese sentido, respecto a la carrera de Derecho en sentido amplio, vemos que existe gente que estudia Derecho, pero no todas la practican o ejercen, debido a que ésta se presta para poder ejercer otras profesiones (el periodismo, por ejemplo); al mismo tiempo, entre quienes la practican, se distinguen en categorías más pequeñas como la Magistratura, la diplomacia, etc. Lo cual origina un campo competitivo más amplio de desempeño, consignándose de esta forma un estado de vulnerabilidad del Derecho, entendido como una profesión central a grandes intereses y a grandes factores de poder, cosa que no sucede con profesiones como la educación, la medicina o la sociología, que no están estrictamente en el vértice de las grandes decisiones sociales y políticas, en cambio el Derecho sí. Sea en el Poder Legislativo cuando hay que dar una ley o discutirla; o en contratos entre particulares. Todo esto hace que sea un profesión muy predispuesta a estar en el ojo de las tormentas.  

Sin embargo, dentro de este amplio campo de competitividad, muchas personas están convencidas de que el abogado que goce de más prestigio es aquel quien goza de una ética intachable, pues resulta contradictorio aceptar que aquel quien haya dedicado mucho esfuerzo y sacrificio a su labor académica sucumba ante un acto indebido (corrupción, entre otros). Un claro ejemplo acerca de esto último, es el arbitraje, cuyos profesionales del Derecho que gozan de buena reputación y buen ejercicio ético son convocadas por los clientes para formar parte de un Tribunal que resolverá determinados conflictos.  

Es así pues que el abogado y las instituciones profesionales del Derecho, dentro de este sistema de justicia, como vamos viendo, cargado de serios problemas, tienen como uno de sus objetivos el defender los derechos de las personas y la consolidación del Estado Constitucional de Derecho y la justicia; además que la profesión legal tiene un rol privilegiado y está posicionada de manera única en materia de acceso a la justicia y tiene la responsabilidad, los medios y la oportunidad de promover un sistema legal justo y equitativo, así como el respeto por los derechos humanos y constitucionales en colaboración con el estado, el poder judicial y las organizaciones no gubernamentales. Por todo ello, para atender las necesidades antes mencionadas y el rol que desempeña el Derecho, es que se dan las actividades de responsabilidad social del abogado.

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@diegoganoza

Bibliografía
BOZA DIBOS, Beatriz y CHOCANO DAVIS, Christian. “Responsabilidad social y pro bono. Más allá del fin de lucro”. En: Exposición de Motivos del Proyecto de Código de Ética y Responsabilidad del Profesional en Derecho. Lima. 2008.
DEL MASTRO, Fernando. “Pobreza legal y pobreza legal extrema: ¿Quiénes son los responsables?” En: Themis, revista editada por estudiantes de la Facultad de Derecho de la Pontificia Universidad Católica del Perú. Nro. 53. 2007.

lunes, 20 de febrero de 2012

Educación: Culturizando la economía

La cultura es creatividad, es contemplación y es diversión. Pero ello va más allá, porque también es actividad económica e industria, y por lo tanto generadora de empleo. Y durante la presente crisis financiera, la industria de la cultura no ha sido ajena a sus efectos.

Scary Protagonizada por la industria inmobiliaria, la crisis financiera que han vivido diversos países, en especial los de Europa, se han visto en la necesidad de marcar nuevas líneas de crecimiento financiero y generación de empleo sobre la base de la innovación y la competitividad. Por ejemplo, en España ya son tres las "puntas de lanzas" que empiezan a aflorar en esta nueva revolución emprendedora: el desarrollo de las energías renovables, la consolidación de los servicios de bienestar social y las industrias culturales.

Respecto a estas últimas, hasta el 2007 funcionaban un total de 67.115 empresas dedicadas al mercado de la cultura, de las que el volumen de negocio llegó a sumar alrededor de 39.429 millones de euros, y el nivel de ocupación llegó a los 557.000 empleos. Asimismo, los hogares españoles consumieron cultura un promedio de 14.590 millones de euros. Hasta ese momento, las cifras reflejaban un aumento de empresas en un 33% y del empleo en un 40%, respecto del año 2000. Los sectores que continúan el crecimiento en dos cifras son los asociados a la industria del software de entretenimiento y la creación audiovisual.

Durante el 2008, las salas de teatro en Madrid atrajeron a más de 4 millones de espectadores, lo que equivale a un millón más de los asistentes a los campos de fútbol de primera y segunda división. Por su parte, Barcelona llegó a recaudar más del 25% anual respecto de los ejercicios anteriores. 

Por otro lado, la industria del libro en España no pasa desapercibida. Cada día se fabrican más de un millón de libros, y las más de 800 editoras nacionales cuentan con 170 filiales en el extranjero, ocupando más del 40% de su mercado natural: lationamérica.

Por ejemplo, en España, un 57% de ciudadanos españoles leen con regularidad, pero  esta cifra debe llegar al 70%, para poder rebasar a sociedades más avanzadas. Ello, sin contar que la industria del libro en España genera empleo directo a más de 80.000 personas.

Sin duda, el hecho de que el Castellano sea Library3nuestra lengua de bandera, nos brinda muchas mayores oportunidades de crecimiento económico en el mercado de la Cultura; ya que existe actualmente un universo de más de 400 millones de hispanohablantes con presencia en todos los continentes, es la 4ª lengua más hablada en el mundo -detrás del mandarín, el inglés y el hindi-, se estudia en más de 86 países y existen alrededor de más de 14 millones de alumnos que la estudian, situándola como la 2ª lengua más estudiada -detrás del inglés-, siendo además la que más ha crecido en demanda durante la última década.

Pero el desarrollo del mercado en esta lengua -y la demás- no sólo depende de los números, sino que está vinculada directamente por el nivel de renta que sus hablantes posean, pieza fundamental para que se permitan el disfrute de los productos culturales. Por ejemplo, en países donde el idioma inglés es oficial, representan el 40% del PBI mundial.

Existe una relación directa entre la promoción de la lectura y el progreso social. La lectura contribuye a la transmisión del conocimiento, al aprendizaje y a la interculturalidad. La acción de leer es un factor clave en el desarrollo de las sociedades y una vacuna eficaz contra la ignorancia, la miseria y la intolerancia en el mundo. En consecuencia, afianzar el hábito de la lectura y asegurar el mejor futuro para el libro son objetivos de indudable interés general".

Es por ello, que la industria de la Cultura en general, no sólo debe comprometer las políticas públicas que en ella se enmarquen desde el Gobierno; sino que van más allá y alcanzan al rol de las familias, las instituciones educativas, a los profesores y propios estudiantes, a las bibliotecas y las leyes que regulan su mercado. El impulso desde la voluntad política debe ser unánime. Es importante la generación, de manera sostenida, de espacios de ofertas y demandas como las ferias de libros, los clubes de lectura, escuelas de teatro, las rebajas por temporadas y los descuentos en promociones, entre otros, con la finalidad de generar los hábitos de incentivos a la Cultura.

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@diegoganoza

Bibliografía
SIMANCAS RAFAEL, Cultura y Economía, Revista Sistema: revista de Ciencias Sociales. 2010.
ALONSO JOSÉ ANTONIO, La importancia económica de la Cultura. Revista Sistema: revista de Ciencias Sociales. 2010.

miércoles, 8 de febrero de 2012

Empresa: Plan general de Contabilidad

El Plan General de Contabilidad (PGC) es una herramienta mediante la cual se da respuesta sobre la situación contable de las empresas, otorgando información financiera en comparación al ámbito internacional.

minideskBásicamente en España, donde la mayor parte del mercado empresarial la conforman medianas y pequeñas empresas, se ha aprobado un Plan General de Contabilidad para PYMES (PGC de PYMES), con la finalidad de simplificar y resumir las normas contables a aquellas empresas que no trascienden el ámbito internacional.

Para que a una PYME se le aplique este PGC, deberá cumplir dos de estos tres requisitos: poseer un total de partidas de activos que no superen los 2.850.000 euros, además el importe neto de su cifra anual de negocios no supere los 5.700.000 euros, y que el número medio de trabajadores no supere los 50. Dejarán de aplicarlas las empresas que no cumplan en dos ejercicios consecutivos.

Sin embargo, ninguna PYME podrá acceder a este tipo de PGC si se encuentra dentro de los siguientes supuestos: que posea valores admitidos a negociación en un mercado regulado de cualquier Estado de la Unión Europea, que forme parte de un grupo de sociedades que formule cuentas anuales consolidadas, que su moneda funcional sea diferente al euro, y que se trate de entidades financieras para las que existen disposiciones específicas.

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@diegoganoza

viernes, 13 de enero de 2012

Gestión: Regímenes especiales del Iva (I)

Los regímenes especiales, como su nombre lo señala, se aplica en casos no se adecuen al general. Esto dependerá del sector, así como el tipo de mercancía. Entre ellos tenemos:

- A las Agencias de Viajes (obligatorio).

- A la agricultura, ganadería y pesca.

- A los bienes usado, los de Arte, antigüedades así como los de colección.

- A los servicio prestados vía electrónica (siempre y cuando se declare su realización dentro de la Unión Europea).

- Y también a las operaciones con oro de inversión (obligatorio).

Mac Régimen especial simplificado
Se aplica a todo sujeto que:

- Sea persona física.

- Que la actividad que realice se encuentre contemplada en la Orden Ministerial que regula el régimen simplificado.

-  Que el conjunto de sus ingresos en un año, no supere los 450.000 euros. Así como las importaciones los 300.000.

- Y que no hubiere renunciado a él, en todo caso la renuncia deberá efectuarse antes del 31 de diciembre del año anterior al de su aplicación.

Entonces, ¿cómo funciona esto del régimen simplificado? Se trata, como el nombre lo dice, de la simplificación de las cuotas del Iva repercutido (que es el Iva cobrado en las ventas de la empresa) establecidos por el Ministerio de Economía y Hacienda a través de una Orden. La empresa, determina sus cuotas y aquellas "soportadas" en los gastos de viajes, hostelería, restauración, etc. (actividades fuera de su ejercicio). Estas cuotas "soportadas", de difícil justificación, son deducibles en un 1% de la cuota devengada por operaciones corrientes.

 

Interesante, no es así? Pues no se pierdan el post del día lunes!
Hasta el siguiente post!

(...)

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@diegoganoza 

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