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La Factura
La factura es un documento que acredita que la operación de compra-venta ha sido realizada. En ella se encuentra establecida la descripción del producto o servicio, el precio, la cantidad, etc. Así como el número de identificación fiscal del que la emite, el tipo impositivo de la operación, por si fuera el caso la cuota tributaria, y las fechas de las ventas o servicios.
Es importante archivar nuestras facturas, ya que como obligación frente al Valor añadido, los empresarios están sujetos a llevar un libro de registro. en el que estén consignadas las facturas expedidas y las recibidas.
- Facturas expedidas. Además de las facturas originales, también es válido la anotación de asientos o cualquier procedimiento idóneo sobre hojas separadas que luego deberán ser enumeradas y encuadernadas correlativamente para formar un libro de facturas expedidas.
- Facturas recibidas. Todos nosotros, mortales, sometidos al Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA), tenemos la obligación de guardar y archivar las facturas que hemos recibido de nuestras compras, o así como las otorgadas por Aduanas; sea en ejercicio de nuestra profesión o actividad empresarial.
2. Conservación
Los libros que hemos armado con estos documentos de pago y compra que hemos estado realizando, se deben de guardar por al menos 6 años. El plazo de prescripción fiscal es de 4 años, que es el plazo en el que Hacienda podría corregir las liquidaciones practicadas y la corrección de éstas. Por ello es importante guardar las facturas y documentos sustitutivos recibidos, así como las copias de las facturas expedidas.
Para el caso de las compras de bienes de inversión, debe conservar las facturas durante 10 años, y para los inmuebles es de 15 años.
Hasta aquí el proceso de compra-venta. Espero que les haya sido de utilidad estos dos últimos post. Ya saben que pueden escribirme en el espacio de abajo, dejándome un comentario o un correo, para resolver dudas o temas que no hayan quedado claro.
Aquí les dejo la primera parte: El proceso de Compra-venta (I)
Hasta el siguiente post!
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@diegoganoza