Deliberación
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domingo, 10 de febrero de 2013

Empresa: Abogados "Fashion"

El Derecho es una carrera llena de prejuicios. Muchas veces se tildan a los abogados de "parlanchines", de personas que hablan mucho o utilizan muchas palabras para explicar algo, supuestamente, muy simple al común entender (Eso no es cierto, ¿verdad?). Por otro lado, sobre la parte exterior, siempre ha sido de total e imprescindible marca, que los abogados o dedicados al "Juris World", porten elegantes trajes.

Sean las camisas y corbatas las que distingan al mejor. La falda o pantalón que distingan a la más astuta jurista. No sé si ustedes estarán de acuerdo. En lo personal, considero que no y además considero que se va desarrollando un contexto que podría romper con ello, y a continuación les digo porqué.

Diego Ganoza - Traje















- Versa un dicho "No sólo hay que serlo, sino también parecerlo". 
Como bien podemos entender, el vestir la ropa apropiada en el momento apropiado nos dice mucho de cómo lleva la profesión la persona a la que queremos contratar. Esto se debe a que revelamos en ello el cuidado, y responsabilidad que tiene la persona en su imagen, y por lo mismo lo asociamos con su carácter. Sin embargo, podemos asumir también que ese "cuidado" puede ser excluso a las prendas, no siendo necesario que sea en otras áreas de su persona, como la gerencia en los casos a su cargo.



- La calidad de las prendas que se utilizan, es un buen indicador para poder saber si estamos contratando a la persona correcta. Para nosotros la Calidad implica necesariamente Valor, y por lo mismo un alto costo. Un alto costo en este caso está fuertemente ligado a los ingresos que se pueda obtener, y si los ingresos son altos, entonces significa que han obtenido buenos resultados. Pero, no por ello, podemos asumir que el dinero obtenido sea íntegro de su profesión, claro, puede que obtenga estos ingresos desde otros rubros.

- Y tercero, la manera cómo nos vestimos refleja una preocupación por los "detalles". Lo cual en la profesión del Derecho, como en algunas otras, es un requisito necesario. Ante un mundo cargado de Códigos, artículos, expedientes, reglamentos, y un largo etcétera; el detalle pasa a ser una virtud sin la cual no se podría generar confianza con los posibles clientes. Que la textura, color, largo, de la corbata combine con el color, la textura y forma de la camisa, es importante. Así mismo que la falda o pantalón de sastre en las abogadas sea de real importancia ante una audiencia, es un tema que se tiene que resolver día a día, a la par con los juicios. Sin embargo, el vestir bien no nos asegura la victoria del juicio. Los "detalles", pueden ser re-dirigidos, y toman tiempo. Pues, estos podrían ser bien aprovechados, y no jugar en contra de nosotros.

No quiero que se mal interprete. Con esta exposición no quiero que se entienda que la persona profesional vista a la ligera, ni con prendas que no vayan con la ocasión, ni con aquellas que vayan en contra del momento en ejercicio.

¿Desde cuándo los abogados vestimos en traje? No lo sé, pero lo que sí sé es que desde que tengo uso de razón siempre los he asociado al término. Sin embargo, también me he encontrado con gente que rompe con este esquema. Hoy mismo vivimos otros tiempos y, por lo mismo, se ve la vida de una manera totalmente diferente que hace 30 o 50 años.

Ya hay personas que entienden que "vivir la profesión" no implica desvelarse y cumplir un horario laboral bajo régimen; sino que asumen su carrera como mejor les parece, y se sienten cómodos. Incluso muchas personas (como Uría) ya dejan sus carreras profesionales llegadas a una determinada edad para poder dedicarse a otras cosas.

¿Y ustedes qué opinan sobre la vestimenta en las profesiones? ¿lo consideran importante? ¿Si es así, la manera que viste un abogado, puede influir si lo contratamos o no?

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@diegoganoza

jueves, 1 de marzo de 2012

Derecho: No es lo que parece!

Quiero empezar marzo con algo diferente. Hoy quiero compartir con ustedes un video. Se trata de una película llamada “Doce Hombres en Pugna” (Lumet, 1957), la que quizá ya algunos de ustedes la vieron. De lo contrario, les invito a verla.

Pues se trata de una historia en la que se analiza el comportamiento de un grupo integrado por los doce miembros de un jurado (de sexo masculino, casi todos de mediana edad, blancos y mayoritariamente de clase media) que se encuentran reunidos para deliberar en un caso aparentemente cerrado de juicio por asesinato en primer grado. Después de haber oído los hechos se retiran a una sala pequeña e incómoda para cumplir con su deber cívico y llegar a un veredicto justo. De su decisión depende la vida de un joven indigente de 18 años, con antecedentes penales.

A este jurado le ha sido confiada la decisión de enviar o no al acusado a la silla eléctrica por matar a su padre con una navaja automática. Los doce hombres están literalmente encerrados en una pequeña y claustrofóbica habitación durante un opresivo y caluroso día de verano. Para concluir su trabajo deben llegar a una decisión unánime –culpable o inocente (guilty / not guilty). El film examina los prejuicios personales de estos doce hombres, sus sesgos perceptuales y debilidades, la indiferencia, la ira, los rasgos de personalidad, los juicios fáciles, las diferencias culturales, la ignorancia y los temores, que amenazan con alterar su capacidad para la toma de decisiones, ignorando las verdaderas cuestiones que están presentes en el caso, elementos todos que los pueden conducir a un potencial error en la administración de justicia. (Fuente)

Esta historia sintetiza de alguna forma los contenidos lanzados en post anteriores, cuando hablábamos acerca de la Democracia, nuestra participación en ella y las leyes o normas que la regulan para garantizar su cumplimiento y desarrollo. Cabe resaltar además que, y como se ve en el film, todo comienza con un “diálogo”, pese a que la gran mayoría ya creía las cosas asentadas, y los hechos dados como verdaderos. Les reitero la invitación a verla y a formar nuestro propio diálogo.





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@diegoganoza

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